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Gobierno escolar

Consejo Directivo

Consejo Directivo del Centro Educativo EL CARMÍN

Es el máximo órgano de dirección institucional, tiene carácter decisorio, de apoyo, asesor y consultor sobre la realidad y la gestión de los procesos institucionales. Su misión es velar por una mayor cualificación, desarrollo, ampliación e impacto social del Centro, en asuntos administrativos y de orientación académica, darse su propio reglamento y establecer la frecuencia de reuniones ordinarias, acorde con lo dispuesto en el Art. 143 de la Ley 115/1994 y el Art. 21 del Decreto 1860/1994; acorde con el Art. 30 del Decreto 1860/1994, el Consejo Directivo promoverá la constitución de una asociación de padres de familia, y su respectivo consejo de padres, para lo cual podrá citar a una asamblea constitutiva, suministrar espacio o ayudas de secretaría, contribuir en el recaudo de cuotas de sostenimiento o apoyar iniciativas existentes.

El Consejo Directivo estará integrado por:
● El Director (a), quien convocará y presidirá las reuniones de este Consejo Directivo.
● Dos representantes del personal Docente o un suplente, elegidos por mayoría de votos en Consejo Académico.
● Dos representantes de los padres de Familia, uno el Presidente de la Asociación de padres de Familia o su suplente, y el otro elegido en asamblea general de padres de familia, elegidos por mayoría de votos entre los representantes a consejo de padres donde están representados tanto la sección de preescolar y primaria.
● El Representante de los estudiantes que debe estar cursando uno de los dos últimos cursos que ofrece el Centro o su suplente.
● Un representante de los exalumnos
● Un representante del sector productivo.

Acorde con el Art. 23 del Decreto 1860/1994, el Art. 142 inciso 3 y el Art. 144 de la Ley 115/1994, son funciones del Consejo Directivo:

● Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento del Centro, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa.
● Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docente y administrativos con los estudiantes después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.
● Adoptar el Manual de Convivencia.
● Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
● Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación del Centro Educativo EL CARMÍN
● Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores del Centro y con la comunidad local.
● Establecer estímulos para el buen desempeño académico y social del estudiante y sanciones por la violación del Manual de Convivencia. Estos han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.
● Recomendar criterios de participación del Centro en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
● Promover las relaciones de tipo académico, deportivo, cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
● Fomentar la conformación de la asociación de Padres de Familia y de Estudiantes.
● Reglamentar los procesos electorales.
● Darse su propio reglamento.
● Aprobar los costos educativos anuales
● Deliberar sobre la admisión y permanencia de miembros de la comunidad educativa en casos especiales.
● Garantizar el cumplimiento de las acciones necesarias para la implementación de los aspectos relacionados con el Centro, que son de obligatorio cumplimiento, en marco de la Ley 1620/2013 y el Art. 22 del Decreto 1965/2013.

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